¿Y qué tipo de consultas pueden hacerse? Cualquier tema referente a trabajo, problemas en la comunidad, derechos ciudadanos, etc. Para no hablar a ciegas, he hecho mi primera llamada y he preguntado por 2 temas. Os resumo mi experiencia...
Un contestador hace de filtro en un primer momento y en poco tiempo estás hablando con un abogado. En mi caso, un hombre muy atento y con un vocabulario envidiable ha solucionado mis dudas en referencia al primer tema: caos aéreo. Como sabrán los asiduos, me quedé en tierra en el famoso parón de los controladores. El abogado me ha informado ampliamente sobre mis derechos y me ha aclarado a quién y cómo reclamar. Información clara y perfectamente expuesta.
El segundo tema es en relación al blog: dudas legales sobre facturación. Como no era un tema de su ámbito ha intentado pasarme con un abogado fiscal. Al estar ocupado han tomado nota de mi teléfono. Al poco de colgar he caído en que estaba acabando su jornada laboral, así que supongo que la llamada se aplazará hasta mañana. Daré los detalles aquí, porque supongo que será de interés para más de un blogger. En todo caso, como dije, recordad la oportunidad de consultar vuestras dudas gratis el 10 de febrero, por teléfono o mediante formulario.
Actualizado: Efectivamente, me llamaron a primera hora de la mañana y pregunté por el tema de la facturación. Demasiado largo y costoso de resumir, pero básicamente me confirmaron que, para ser legales, debemos facturar cada euro que ganemos con nuestra actividad. Es decir, darnos de alta como autónomos. Esto no implica necesariamente un gasto, ya que el gasto vendría al darnos de alta en la Seguridad Social. La abogada me aclaró que esto último también habría que hacerlo, pero que a la práctica (demostrado incluso por varias sentencias) no es necesario si lo que facturamos no llega al salario mínimo interprofesional. Una vez dados de alta, tendríamos que declarar el IVA trimestralmente. En nuestras facturas, por lo tanto, deberíamos sumar el IVA y descontar el IRPF, que será normalmente un 15% (aunque se puede aplicar un 7% los dos primeros ejercicios de actividad). Además, estaría bien pedir una licencia para ejercer nuestra actividad al ayuntamiento. Incluso aunque no tengamos local. En fin... toda esta es la teoría...
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